1.- Tipo de ayuda
Ayuda de hasta 300 euros mensuales para el pago de la renta de alquiler durante un máximo de cinco años.
El Instituto Canario de la Vivienda gestiona gratuitamente la solicitud de la Ayuda: verificación del cumplimiento de los requisitos, cumplimentación y preparación de la solicitud así como la documentación adjunta.
El importe de la Ayuda ascenderá, dependiendo de los ingresos de los inquilinos de la vivienda, a la cantidad de:
* Ingresos familiares ponderados de hasta 2 veces el IPREM: 300 € / mes de subvención
* Ingresos familiares ponderados de hasta hasta 2,5 veces el IPREM: 240 € / mes de subvención
Esta Ayuda será compatible con todas las subvenciones establecidas en el Plan de Vivienda de Canarias, incluso aquellas que pudieran establecerse con el mismo objeto. También serán compatibles con las subvenciones que se concedan para el mismo objeto, por otras Administraciones Públicas.
En todo caso, el importe de las diferentes subvenciones concedidas no podrá superar 540 euros mensuales, y debes pagar al menos el 25% de la renta de alquiler mensual.
2.- Requisitos
Los beneficiarios de la ayuda, salvo determinadas excepciones, deben cumplir los siguientes requisitos:
* Edad comprendida entre los 18 y 35 años de edad, ambos inclusive.
* Poseer unos ingresos familiares ponderados que no excedan de 2,5 veces el IPREM.
* Alquilar la vivienda a través del Programa Bolsa de Vivienda Joven, y que se destine a ser el domicilio habitual y permanente del beneficiario de la ayuda.
* No contar a título de propiedad o usufructo con otra vivienda (salvo que por motivos laborales se hubiera hecho el traslado a una isla diferente o cuando la vivienda que se posea no cumpla con las condiciones de habitabilidad o en caso de ser cotitular de vivienda por sucesión mortis causa o por perdida del derecho de uso de la vivienda por resolución matrimonial o pareja de hecho)
* Debe haber residido en la Comunidad Autónoma de Canarias durante, al menos, los cinco años inmediatamente anteriores a la solicitud de la subvención.
* No debe existir relación de parentesco, en primer o segundo grado de consanguinidad o afinidad, entre el arrendador y cualquiera de los inquilinos.
* La vivienda alquilada debe tener la condición de libre.
3.- Oficinas de Tramitación
Santa Cruz de Tenerife
C/ Carlos J.R.Hamilton, nº 16. Edif. Daida, 1ª planta
38071 Santa Cruz de Tenerife
Teléfono: 922 47 36 00 Fax: 922 47 36 01
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